Desde Alzogaray & Asociados S.A ® queremos brindarles información sobre la posibilidad de la realización del trámite por fallecimiento, ya que fue deseo del Asegurado dejar un resguardo económico a quienes fueran sus herederos legales.
Para poder gestionar el pago del mismo, nos ponemos a disposición como empresa de asesoramiento y gestión para el cobro del Seguro de vida colectivo, haciendo constar que no se cobra ningún gasto previo y que nuestro servicio solo se abona al recibir el pago de la póliza.
Por este motivo, el equipo Alzogaray & Asociados S.A ®, ofrece sus servicios para la tramitación del beneficio indemnizatorio en todas las instancias, que tiene una vigencia de 3 años desde la fecha de fallecimiento del Empleado Público.
Tenga en cuenta que estos seguros por lo general quedan pendientes, ya que son colectivos, y la responsabilidad del empleador es solo informar los seguros obligatorios que son un monto menor al colectivo.