10 Jun ¿Qué son los seguros de Vida Colectivos? y que diferencia hay entre los Obligatorios y Facultativos
El seguro de vida colectivo a diferencia del seguro vida individual, se contrata por integrar un grupo determinado, esto puede ser los empleados de una empresa, los miembros de una institución, los clientes de un banco o entidad financiera, los socios de un club etc. Es decir un grupo que esta establecido preexistentemente o con anterioridad a la celebración del contrato.
¿Qué ventajas tienen?
Que la contratación es mucho más rápida, ya que el grupo esta identificado y en el caso de los empleados de una empresa o institución pública se entiende que los individuos para su ingreso aprobaron exámenes pre ocupacionales o de aptitud física y psicológica para desempeñarse laboralmente, teniendo estos buena salud para ser asegurados. También el hecho de se una maza de asegurados, reducen los costos administrativos y teniendo el grupo integrantes de diversas edad, es decir personas jóvenes y adultas se puede establecer una prima (pago de la cuota de seguro) promedio para que no sea insignificante al ingreso y costosa previo a la jubilación, puesto que en los seguros individuales que son más llamado traje a medida del asegurado suele ser económica la prima al inicio la cual va aumentando según pasan los años o hay mas agravamiento en el riesgo de vida o salud.
¿Qué diferencia existe entre los seguros de Vida Colectivos Obligatorios y los Seguros de Vida Colectivos Facultativos o Voluntarios?
El Seguro Colectivo de Vida Obligatorio previsto en el Decreto Nº 1567/74 cubre el riesgo de muerte e incluye el suicidio como hecho indemnizable, sin limitaciones de ninguna especie, de todo trabajador en relación de dependencia, cuyos empleadores se encuentren o no obligados con el Sistema Único de la Seguridad Social, siendo los empleadores responsable de su pago. El capital asegurado es una suma fija que la fecha (Junio 2022) es de $ 181.500 con una prima de individual de $ 37,21.
El Seguro Colectivo de Vida Facultativo o Voluntario la prima la abona el asegurado, ya sea por descuento en sus haberes, descuento en su resumen bancario o debito en su tarjeta de crédito. El capital asegurado suelen ser la suma de múltiplos de sueldos entre los 20 a los 35. El tomador de la póliza es el Empleador o Entidad financiera y el asegurado solamente es adherente por lo que no puede negociar las condiciones del seguro como en un seguro de vida individual.
¿Qué Coberturas tienen?
Los Seguros de Vida Colectivos, poseen como cobertura principal el fallecimiento del asegurado, muchas veces no solamente se cubre al titular sino que también al cónyuge o conviviente. También tienen cláusulas adicionales de coberturas que pueden ser:
- Incapacidad total y permanente por Enfermedad.
- Incapacidad total y permanente por accidente.
- Incapacidad parcial por accidente.
- Enfermedades graves.
- Trasplantes o prestaciones médicas de alta complejidad.
Estas coberturas existen debido a que la persona producto de estas circunstancias se encuentra impedido de realizar tareas remuneradas ya sea en forma independiente o en relación de dependencia al 100 %.
El objetivo de los Seguros de Vida, es ante el acaecimiento de una ausencia repentina o la enfermedad de la persona, haya recursos para la solvencia económica de su familia.
¿ Qué debo prestar atención con la contratación de estos seguros?
Primero tener identificado el descuento, ya que muchas veces pasan inadvertidos en los recibos de sueldos, resúmenes de tarjeta de créditos y bancarios. Luego solicitar a la oficina de recursos humanos de la empresa o el responsable de seguros del banco, la entrega del Certificado Individual de Cobertura. Hoy muchas aseguradoras en su sitio Web tienen esa información a través de un clave y usuario para su acceso. Esta información de es vital importancia primero para tener actualizada la persona beneficiaria en la póliza, que es la que quiero que cobre el seguro en caso de muerte. Luego es importante saber el capital asegurado y las coberturas adicionales y principales exclusiones (que son las situaciones que no cubre el seguro).
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